Segundo paso
*Los bienes y/o artículos manufacturados objeto del presente contrato se entienden vendidos con ACUERDO DE DOMINIO RESTRINGIDO en virtud de el art. 1523 del Código Civil italiano, es decir, seguirán siendo propiedad de D'Ambrosio srl hasta su pago íntegro y por lo tanto, se prohíbe expresamente al ordenante su venta y/o enajenación. La falta de pago de un solo plazo determinará la resolución inmediata del presente contrato.determinará la resolución inmediata del presente contrato. D'Ambrosio srl se reserva el derecho de reclamar los bienes y/o manurealizados en cualquier momento y a retener los pagos anteriores en concepto de indemnización de conformidad con el artículo 1526 del Código Civil italiano.